El pasado 23 de diciembre de 2020, el Parlamento Foral de Navarra aprobó la modificación de la Ley Foral 2/1995, de 10 de marzo, de Haciendas Locales de Navarra, en materias referidas tanto al ámbito presupuestario y de control interno de las entidades locales, como al ámbito de los tributos locales, gracias a las competencias derivadas del Convenio Económico Navarro.
Entre los cambios en vigor con la publicación de la reforma el último día del año, se encuentran diferentes medidas para tratar de paliar el impacto de la crisis sanitaria sobre la economía navarra. A continuación, se enumeran las principales novedades que introducen la nueva Ley Foral de Haciendas Locales de Navarra
A. Materias presupuestaria y financiera:
- Ampliación de los plazos de liquidación presupuestaria municipal.
- Mayor facilidad para aplazar deudas tributarias para sujetos pasivos que tengan dificultades económicas
- Ejecutividad inmediata de la aprobación de transferencias de crédito en casos de extraordinarios, como la pandemia de la COVID-19
- Agilización de la tramitación de expedientes administrativos que generen nuevas necesidades de gasto, así como de otras modificaciones presupuestarias, para dotar de mayor agilidad a la gestión local.
- Se dota a las haciendas locales navarras de nuevas herramientas y mecanismos para el cumplimiento de los objetivos de estabilidad presupuestaria y sostenibilidad financiera en situaciones extraordinarias
- Sobre la anterior materia, se actualiza la regulación conforme a la Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera
- Se amplía a todos los municipios la posibilidad de establecer el régimen de fiscalización e intervención limitada previa de requisitos básicos, hasta ahora solo disponible para el Ayuntamiento de Pamplona (único municipio navarro de más de 50.000 habitantes).
B. Materia tributaria:
- Se establece la posibilidad de establecer bonificaciones sobre la Contribución Territorial:
- De hasta el 90%, sobre la Contribución Territorial para familias numerosas y contribuyentes perceptores de pensiones no contributivas, de la Renta Garantizada o del Ingreso Mínimo Vital.
- De hasta el 50% sobre los bienes inmuebles en los que se hayan instalado sistemas de aprovechamiento térmico o eléctrico de la energía solar o de otras energías renovables
- Se habilita a los ayuntamientos a establecer exenciones del Impuesto sobre Actividades Económicas a sujetos pasivos con una cifra de negocios inferior al millón de euros, con el objetivo de paliar los efectos de la crisis del coronavirus sobre los autónomos y las PYMEs. La caída de recaudación será parcialmente compensada por la Hacienda foral navarra.
- Se amplía la exención para vehículos para personas con diversidad funcional y dificultades de movilidad, mediante la eliminación del límite de potencia fiscal en el Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica (los conocidos como “caballos fiscales”).
- Por otro lado, el mismo impuesto incrementa sus tarifas.
- Se permite a los Ayuntamientos establecer bonificaciones en el Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras (ICIO) de hasta el 95% para objetos tributarios destinados al aprovechamiento de energías renovables.
- Clarificación del cálculo del valor de adquisición en el Impuesto sobre el Incremento de los Terrenos de Naturaleza Urbana (conocida como la “plusvalía municipal”) ante el incremento de la conflictividad generado por su diferimiento durante la crisis sanitaria.
- Se actualizan las transferencias del Fondo de Participación de las Haciendas Forales en los tributos de Navarra con el IPC incrementado en dos puntos.
- Se acompaña de una actualización de los coeficientes máximos empleados en su cálculo.
- Finalmente, se elimina el gravamen de los premios obtenidos en el juego del bingo en el Impuesto sobre Gastos Suntuarios.