Medidas fiscales y presupuestarias del Gobierno Vasco y las Diputaciones Forales ante la pandemia (III)

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Al inicio de la pandemia, las instituciones vascas pusieron en marcha medidas de urgencia para responder al impacto social y económico de la pandemia del COVID-19 (ver resumen de las medidas adoptadas hasta el 18 de marzo). Según la situación se ha ido estabilizando, las medidas de urgencia fueron consolidándose o ajustándose a través de planes de acción más estructurados (ver resumen de las medidas adoptadas hasta el 8 de mayo). En las últimas semanas, además de desarrollar los planes aprobados, se han ido apuntalando y complementando para ajustarlos a la «nueva normalidad» tanto social como económico-presupuestaria. A continuación, se resumen las principales líneas de actuación desarrolladas por el Gobierno Vasco y las Diputaciones Forales desde el 8 de mayo hasta la actualidad:

 

Gobierno Vasco

Como complemento al plan de choque de 841 millones de euros aprobado a finales de marzo, el Gobierno Vasco ha ampliado y perfeccionado el paquete de medidas ya en vigor:

– Lanbide ha aumentado hasta los 16 millones la partida de las ayudas destinadas a autónomos que han cesado su actividad a consecuencia de la pandemia dentro de un paquete global de 35,5 millones

– Se ha ampliado el programa financiero de apoyo a pymes, micropymes y personas autónomas hasta los 1.000 millones de euros en préstamos a formalizar.

– Se ha aprobado un Programa Renove por valor de 20 millones de euros:

  • Programa de bonos para la reactivación comercial, conjuntamente con las Diputaciones Forales.
  • Renove electrodomésticos con una inversión de 2,5 millones de euros y Renove ventanas, con 2,5 millones.
  • Renove máquina herramienta y Renove Industria para las pequeñas y medianas empresas con 5 millones cada uno.
  • Renove vehículos con una inversión de 5 millones de euros adicionales a los 5 millones de la convocatoria en vigor.

– Se ha aprobado un paquete de ayudas por valor de 58,5 millones de euros para impulsar la industria, el empleo y la vivienda de alquiler a precios asequibles. Dentro de este paquete de ayudas, destaca un fondo de 28 millones de euros para la creación y desarrollo de pymes de base tecnológica y/o innovadora, a través del programa GAUZATU Industria. El objetivo es favorecer el crecimiento de las empresas facilitando el acceso a la financiación y garantizar una gestión coordinada y eficiente de los instrumentos existentes. Las previsiones del programa son lograr este año una inversión inducida de 100 millones de euros y 500 empleos.

 

Diputación Foral de Álava

El 12 y 13 de mayo se publicaron los Decretos de Normativa de Urgencia Fiscal 5/2020 y 6/2020, aprobando algunas adaptaciones de la normativa tributaria como medidas complementarias para apoyar la economía y el empleo. El Decreto 6/2020 flexibilizó ciertos tratamientos tributarios y los los plazos de presentación y pago de determinados impuestos. El Decreto 5/2020, por su parte, modificó los siguientes aspectos:

– Se establece, desde el 23 de abril de 2020 hasta el 31 de julio de 2020, un tipo impositivo del IVA del 0% aplicable a las entregas interiores, importaciones y adquisiciones intracomunitarias del suministro de material sanitario cuyos destinatarios sean entidades públicas, sin ánimo de lucro y centros hospitalarios.

– Se establece que estas operaciones se documentarán en factura como operaciones exentas y que la aplicación de un tipo impositivo del 0% no determina la limitación del derecho a la deducción del IVA soportado por el sujeto pasivo que realiza la operación.

– En las actividades económicas, se adapta, de forma proporcional al periodo temporal afectado por la declaración del estado de alarma, el ingreso a cuenta del régimen simplificado del IVA, que, al estar calculado sobre signos, índices o módulos, previamente determinados en situación de normalidad, conllevaría, en ausencia de adaptación, unas cuantías no ajustadas a la realidad de los ingresos actuales.

– Se elimina la vinculación obligatoria que durante 3 años se establece legalmente para la renuncia al régimen simplificado y al régimen especial de la agricultura, ganadería y pesca del IVA, de manera que los contribuyentes puedan volver a aplicar dicho método en el ejercicio 2021, siempre que cumplan los requisitos normativos para su aplicación.

– Se reduce al 4% el tipo impositivo aplicable a los libros, periódicos y revistas digitales; a la vez que se elimina el diferente tratamiento existente en materia de tipos impositivos entre el libro físico y el libro electrónico.

El 26 de mayo la Diputación Foral presentó el denominado como ‘PlanÁ’, para movilizar 29 millones de euros, articulando un plan de choque con 50 medidas de carácter económico que incluye acciones económicas, fiscales, financieras y de incentivación del consumo, centrando su estrategia en las alianzas y participación de todos los sectores, así como en el consumo local, como claves principales para salir de la crisis.

Al paraguas del «PlanÁ» de reactivación económica, la Diputación ha aprobado un Decreto Normativo de Urgencia Fiscal 7/2020 que contempla nuevas medidas fiscales destinadas, sobre todo, a las pequeñas, medianas y microempresas. En total, la repercusión económica estimada superará los 55,8 millones de euros.

– Impuesto sobre Sociedades. Se aprueban modificaciones en el Impuesto sobre Sociedades que permitirá a las PYMEs y microempresas compensar sin límites las bases imponibles negativas (impacto económico estimado: 3,9 millones), así como la posibilidad de no realizar el pago a cuenta si la facturación de 2020 baja un 25% con respecto a la del año anterior (11 millones de euros). Se flexibilizan también los límites en las deducciones de gastos en el caso de las microempresas (900.000 euros), y se mejorarán de forma notable las deducciones por creación de empleo, aumentando el límite hasta los 7.500 euros. El paquete de medidas recoge también un nuevo calendario del pago del Impuesto sobre Sociedades, que permitirá adelantar 39,2 millones de euros al tejido económico alavés.

– Impuesto sobre la Renta. Se aprueban deducciones extraordinarias en el IRPF por inversión en microempresas, pequeñas o medianas empresas, así como medidas especiales para las empresas dedicadas a la elaboración de vino y a las actividades agrícolas, ganaderas o pesqueras. El Decreto también mejora las ventajas fiscales para las donaciones a los sectores socio-sanitarios, medioambientales, culturales deportivos y sociales con deducciones de hasta el 35% (400.000 euros de impacto económico).

– Deuda a corto plazo. De forma paralela, el Consejo de Gobierno Foral ha aprobado también un Proyecto de Norma Foral para poder ampliar la deuda foral a corto plazo, es decir, la deuda que se amortizará en este mismo año. Actualmente, esa posibilidad está limitada el 10% de los ingresos ordinarios. Por ello, el Gobierno de la Diputación apuesta por flexibilizar la norma y eliminar ese límite, para poder hacer frente a las medidas fiscales.

Asimismo, mediante el Decreto Normativo de Urgencia Fiscal 8/2020 se han aprobado medidas tributarias complementarias de reajuste en la Norma Foral General Tributaria, en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, en el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones y en el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados.

 

Diputación Foral de Bizkaia

La Diputación Foral de Bizkaia está implantando y desarrollando las líneas de acción aprobadas en el Plan Bizkaia Aurrera!.

 

Diputación Foral de Gipuzkoa

A través del Decreto Foral-Norma 4/2020 se aprobaron medidas para flexibilizar los mecanismos de financiación de los créditos destinados a paliar las consecuencias provocadas por el virus del Covid-19.

Mediante el Decreto Foral-Norma 5/2020 de 26 de mayo, se aprobó un paquete de medidas tributarias coyunturales destinadas a la reactivación económica. El paquete incluye medidas en diversos impuestos:

– Carry back Sociedades en 2019 (campaña actual 2020).

Impuesto: Sociedades.

A quién beneficia: empresas.

Qué es: compensar con beneficios presentes pérdidas futuras, a través de la Reserva para la nivelación de beneficios (art. 52 NFIS)

Cuál es la novedad: Se amplían y flexibilizan considerablemente los límites para poder reducir la base imponible. Podrán reducir la BI de 2019 en un 50% (75% si son microempresas o pequeñas empresas). Deben de cumplirse determinados requisitos para aplicar esta figura.

– Carry back IRPF en 2019 (campaña actual 2020).

Impuesto: IRPF.

A quién beneficia: autónomos.

Qué es: compensar con beneficios presentes pérdidas futuras.

Cuál es la novedad: nueva figura. En la actual campaña de la renta, determinadas personas podrán reducir su base imponible el rendimiento neto negativo estimado para 2020. En la próxima campaña deberán de computar esa pérdida como mayor rendimiento de actividad económica (dicho de otro modo, compensarán la pérdida del año que viene con el beneficio de este año, de forma que el resultado sea cero). Deben de cumplirse determinados requisitos para aplicar esta figura. Se ha creado un nuevo modelo para su aplicación.

– Deducción (I+D) 64 BIS.

Impuesto: Sociedades.

A quién beneficia: microempresas y pequeñas empresas de I+D.

Qué es: potenciar la deducción.

Cuál es la novedad: contribuyentes del Impuesto sobre sociedades reciben una deducción por invertir en proyectos de I+D llevados a cabo por microempresas y pequeñas empresas. Se flexibilizan varias condiciones y se amplían los importes.

– Pagos fraccionados.

Impuesto: Sociedades.

A quién beneficia: empresas obligadas a realizar pagos fraccionados.

Qué es: el pago fraccionado es adelantar durante el año una parte de lo que vas a declarar en la campaña del año que viene.

Cuál es la novedad: se exime de este pago fraccionado a aquellas empresas que no esperen beneficios en 2020 (durante el primer semestre, su volumen de operaciones tiene que ser como máximo del 25% del primer semestre del 2019).

– Amortización acelerada extraordinaria.

Impuesto: Sociedades.

A quién beneficia: empresas.

Qué es: cuando una empresa adquiere inmovilizados materiales nuevos (maquinaria, mobiliario…), este gasto se deduce en el Impuesto sobre sociedades.

Cuál es la novedad: se aumenta (se multiplica por 1,5) la cuantía de la amortización de los inmovilizados comprados entre la entrada en vigor de este Decreto Foral-Norma y el 31 de diciembre de 2020.

– Deducción por inversión en pymes.

Impuesto: Sociedades.

A quién beneficia: pymes.

Qué es: deducción por inversiones en participaciones de pymes.

Cuál es la novedad: se crea una nueva deducción que el inversor podrá aplicar en la cuota líquida del Impuesto sobre sociedades, para inversiones hechas en 2020:

10% y hasta 100.000 euros por inversiones en pymes.

15% y hasta 150.000 euros por inversiones en start-ups.

20% y hasta 200.000 euros por inversiones en pymes innovadoras.

– Deducción por creación de empleo.

Impuesto: Sociedades.

A quién beneficia: empresas que creen empleo.

Qué es: deducción por creación de empleo.

Cuál es la novedad: se potencia. El límite de la deducción por creación de empleo sube a 7.500 euros por cada trabajador (antes era 5.000 euros).

– Constitución de sociedades por trabajadores.

Impuesto: IRPF.

A quién beneficia: trabajadores que constituyan empresas.

Qué es: una deducción para trabajadores que constituyan la empresa para la que van a trabajar.

Cuál es la novedad: se potencia el incentivo: los porcentajes de deducción de incrementan un 5%; los límites suben de 1.200 a 6.000 euros (hombres) y de 1.800 a 8.000 euros (mujeres).

– Deducción para transformación digital del pequeño comercio.

Impuesto: IRPF e Impuesto sobre sociedades.

A quién beneficia: autónomos, microempresas y pequeñas empresas.

Qué es: una deducción por inversiones destinadas a la transformación digital y la implantación del comercio electrónico.

Cuál es la novedad: nueva deducción. Los autónomos podrán aplicarse una deducción del 30% de los gastos efectuados en 2020 para la implantación del comercio electrónico (ventas online).

– Exención del Seguro específico para el personal sanitario.

Impuesto: Sucesiones y donaciones e IRPF.

A quién beneficia: personal sanitario.

Qué es: una exención para las prestaciones por enfermedad y fallecimiento del personal sanitario como consecuencia del COVID-19.

Cuál es la novedad: Las entidades aseguradoras, a través de UNESPA, han creado un seguro colectivo gratuito para todo el personal sanitario, que cubre las prestaciones por enfermedad y fallecimiento como consecuencia del COVID-19. La medida consiste en dejar exenta esa prestación para el personal sanitario.

– Otras medidas:

Rescate EPSV especial por COVID-19. No cuenta como contingencia a efectos de la integración del 60%.

Entidades innovadoras de nueva creación (art. 89 ter.1 NFIRPF):

Plazo de 7 años desde su constitución (antes 5)

Pérdidas compensables a 10 años (antes 4).

Compensaciones específicas del sector pesquero por COVID-19.

Contrato de arrendamiento financiero. Flexibilización de requisitos.

Cancelación de deudas con devoluciones tributarias.

Adelantamiento de la publicación del listado de deudores.

Este paquete de medidas se complementó mediante nuevas disposiciones tributarias de perfeccionamiento y ampliación.