Las Juntas Generales de Bizkaia han aprobado en la sesión plenaria del 17 de febrero de 2016 la promulgación de la Norma Foral 2/2016, de modificación de la Norma Foral 2/2005, de 10 de marzo, General Tributaria del Territorio Histórico de Bizkaia. La necesidad de reforzar los mecanismos de lucha contra el fraude fiscal por parte de la Hacienda Foral de Bizkaia se había concretado hasta el momento en medidas dirigidas a la represión de conductas. Esta tendencia será modificada para dar paso a otro tipo de actuaciones coactivas como las basadas en la publicidad de comportamientos que cuentan con una gran reprobación social.
La medida consiste en la publicación de listados de deudores que se incorpora a la Norma Foral General Tributaria por medio de la presente Norma Foral. Esta actuación hay que enmarcarla dentro de la lucha contra el fraude fiscal a través de instrumentos preventivos y educativos que coadyuven al cumplimiento voluntario de los deberes tributarios. La Norma Foral 2/2016 es respetuosa con la reserva de datos tributarios de los deudores, por lo tanto, con los principios en los que dicha reserva se fundamenta.
Solamente serán objeto de publicidad aquellas conductas tributarias socialmente reprobables que sean a la vez cuantitativamente relevantes por generar un mayor perjuicio económico para la Hacienda Foral de Bizkaia, como los originados por la falta de pago de las deudas en los plazos originarios de ingreso en periodo voluntario.
En la búsqueda del equilibrio entre la protección del derecho a la intimidad y la necesidad de potenciar la eficacia del sistema tributario se han introducido reglas de tasación para formar los listados que habrán de hacerse públicos.
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