España deberá modificar su legislación en lo que respecta a la exención del IVA en los servicios prestados por los notarios en cuestiones de transacciones financieras. Caso de no hacerlo en el periodo de dos meses, la Comisión Europea podría demandar a España ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea.
Las normas de la Unión Europea en materia de IVA permiten la exención a favor de servicios financieros para la intervención de un notario consistente esencialmente en preparar documentos públicos que dan fe de actos civiles y mercantiles y contratos, garantizando su autenticidad y exactitud. Incluso en el caso de que estos servicios se presten en relación con una transacción financiera, son claramente distintos de la transacción y, por lo tanto, de naturaleza no financiera.
España está aplicando una exención a tales servicios, que las normas comunitarias no permiten.