El Tribunal Supremo ha dictado las primeras sentencias en los recursos de casación planteados por la Comunidades Autónomas de La Rioja y de Castilla y León confirmando la doctrina sentada por el Tribunal Superior de Justicia del País Vasco que daba por bueno el cumplimiento del triple test de autonomía exigido por la jurisprudencia europea para eludir la calificación de régimen de ayudas de Estado.
La sentencia del Supremo corrobora la sentencia de Luxemburgo que reconocía a las haciendas forales su competencia en materia fiscal. La decisión acepta la existencia de diferentes regímenes fiscales dentro de un Estado de la Unión Europea siempre que cumpla dos condiciones: que la competencia esté establecida en el ordenamiento constitucional de ese Estado y que la hacienda estatal no compense de ninguna forma una hipotética rebaja de impuestos de la otra hacienda.
El Diputado General de Bizkaia, José Luis Bilbao, celebró la sentencia favorable del Supremo que avala la capacidad de las diputaciones para establecer sus propios tipos del Impuesto de Sociedades. En opinión del Diputado Genera nos encontramos ante una sentencia de «especial trascendencia» que refuerza la autonomía fiscal vasca frente a los constantes ataques lanzados por comunidades autónomas vecinas.
Tanto el Gobierno de La Rioja como el de Castilla-León han mostrado su disconformidad con dicha sentencia que desestima el recurso interpuesto por ambas comunidades contra las normas forales vascas.
En respuesta a esta iniciativa, el Parlamento Vasco en sesión celebrada el día 3 de abril decidió personarse en los recursos de inconstitucionalidad presentados por La Rioja y Castilla y León contra el blindaje del Concierto económico. El autor de la iniciativa, el parlamentario nacionalista Ricardo Gatzagaetxebarria, insistió en la «importancia» de que el Parlamento se persone en este tipo de causas.
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